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NUEVA TRIBUNA

I República
I República

La labor legislativa de la I República

En el aniversario de la proclamación de la Primera República estudiamos su huella legislativa en la Historia de España.

Por Eduardo Montagut
lunes 13 de febrero de 2017, 10:38h

La Primera República propuso un proyecto alternativo para España, como pone de manifiesto el proyecto constitucional de 1873, pero también en la legislación aprobada en las Cortes y en los proyectos y proposiciones que no llegaron a ser aprobados, y que es una cuestión menos conocida.

En este trabajo intentaremos plantear o acercarnos las líneas básicas de los cambios que los republicanos plantearon para el país, una verdadera alternativa democrática y social frente al modelo liberal conservador que había establecido el régimen isabelino, gracias al cuasi monopolio en el poder de la familia moderada del liberalismo, la versión española del liberalismo doctrinario. Estos planteamientos pueden ayudar a entender una parte de las causas del fracaso de la República en aquel momento, cuestionando la tradicional visión sobre el supuesto caos y la inestabilidad como únicos factores explicativos, y que tanto éxito ha tenido gracias a la interpretación que los sectores políticos, económicos y sociales dominantes plantearon para acabar con aquel régimen político e instaurar el de la Restauración canovista.

Pi i Margall presentó a las Cortes un proyecto de Constitución para la República federal, aunque la discusión parlamentaria no comenzó hasta agosto, con Salmerón en el poder, cuando casi todos los cantones habían sido derrotados. Pero los graves problemas del período alargaron mucho el proceso constituyente. La Constitución de 1873 recogía una estructura federal del Estado: España se organizaría en municipios, estados regionales y el Estado federal o Nación. Además, se establecía la soberanía popular con sufragio universal. Por vez primera, se proclamaba la separación entre la Iglesia y el Estado. Esta Constitución nunca entró en vigor, pero tiene una gran trascendencia histórica porque diseñaba una democracia y un modelo de organización territorial no centralista.

En las Cortes se plantearon proyectos que sin abordar una completa reforma agraria sí promovían cambios en la estructura de la propiedad que provocaron la alarma de los grandes propietarios. Repasemos los proyectos. El 23 de junio se presenta una proposición de reparto de tierras a censo reservativo, solicitando la no inclusión en las leyes de desamortización de los bienes propios de los pueblos. En el mes de julio se plantea un proyecto de ley sobre venta a censo reservativo de los bienes de aprovechamiento común. A principios de agosto una proposición de ley pide la devolución a los pueblos de los terrenos de aprovechamiento común. El 18 de agosto, por su parte, se plantea un proyecto de ley sobre reparto a braceros de terrenos faltos de cultivo. Dos días después se aprueba la única ley en materia agraria, la redención de foros, aunque fue derogada por Serrano en febrero de 1874. Todos estos proyectos iban en la misma línea, a favor de los campesinos y jornaleros pero, como vemos, o no llegaron a aprobarse, o fueron derogados inmediatamente en la Dictadura posterior. La reforma agraria siguió siendo una de las grandes asignaturas pendientes.

La Primera República también se preocupó de las relaciones entre los trabajadores y los patronos. Recordemos el miedo que generó en la burguesía española la llegada de la Internacional y la reacción de la misma en tiempos de Amadeo de Saboya. El 14 de agosto se presentó un proyecto de ley sobre Jurados Mixtos que pretendía establecer un instrumento para la resolución de los conflictos laborales entre los empresarios y los obreros. Anteriormente se habían planteado algunos precedentes pero ahora se pretendía elevar la cuestión a rango de ley y de forma general para todo el país. El 24 de julio se aprobó la Ley sobre protección del trabajo de los menores de dieciséis años, y dos días después se estableció la Ley sobre protección del trabajo de niños en los circos.

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