Algunos cervantistas niegan la hidalguía de Miguel de Cervantes Saavedra y no registran que «el magnífico Señor» licenciado Juan de Cervantes, gobernador de las tierras y Estado del conde de Ureña Juan Téllez-Girón, el «virtuoso» Juan, lugarteniente de la Alcaldía de Alzadas y su tierra- abuelo paterno de Miguel-, y el «magnífico Señor» alcalde ordinario Andrés de Cervantes, -tío paterno de Miguel-, eran hidalgos debido a sus ocupaciones y no reconocen que Miguel declaró el 4 de junio de 1593 «ser hijo y nieto de personas que han sido familiares del Santo Oficio de Córdoba».
Cabe aclarar que el excelente historiador burgalés Alfonso Dávila Oliveda considera que Juan debió de venir al mundo en 1490, ya que el 9 de octubre de 1555 en Córdoba, desveló que tenía 65 años, y «con once años, en 1501, ya prestó juramento como letrado de la ciudad de Córdoba, en calidad de bachiller en leyes. En 1506 aparece mencionado en los documentos cordobeses como licenciado en leyes».
Pese a ello, se plantea la pregunta, por qué los detractores de su hidalguía, tras examinar la obra maestra El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha, hasta la saciedad, no hicieron público el significado de las palabras de Miguel: «han sido familiares del Santo Oficio», ni subrayaron la importancia desmedida de un familiar inquisitorial. En este sentido, explico que se consideraba un honor formar parte de una familia relacionada con la Inquisición, pues actuaba como policía secreta del Tribunal del Santo Oficio y «eran los ojos, las manos y oídos de la Inquisición».
El dato del 11 de julio de 1552, en Valladolid, revela que «los testigos juraron que sabían, vieron u oyeron decir que Rodrigo de Cervantes, el licenciado Juan de Cervantes, Rodrigo o Ruy Díaz fueron hidalgos notorios de padre y abuelo de solar conocido y si en las villas y lugares, donde habían vivido y morado siempre les habían sido guarda dos todas las honras, franquezas, libertades, exenciones e inmunidades que suelen y acostumbran guardar a los otros hombres hijosdalgos destos reinos, y que Rodrigo o Ruy Díaz de Cervantes, y padre de Rodrigo de Cervantes habían sido casados legítimamente, según lo manda la Santa Madre Iglesia de Roma, y que todo eso había público y notorio» (K . Sliwa, El licenciado Juan…, 29).
El testimonio legítimo del 5 de enero de 1553 autentificó que Rodrigo de Cervantes y el licenciado Juan de Cervantes vivían en «Alcalá de Henares, Guadalajara, Córdoba y Sevilla, y eran hijodalgos de solar conocido, y devengar 500 sueldos según el fuero de España, y eran reputados en todas las partes y lugares de estos reinos y si siempre se juntaban en las juntas, cofradías y llamamientos con los hidalgos y no con los plebeyos, y si se trataban y acompañaban muy honradamente sus personas y casas, y si Rodrigo de Cervantes estaba casado con Catalina de Cabrera, padres legítimos del licenciado Juan de Cervantes, y si el licenciado Juan estaba casado con Leonor de Torreblanca y tuvieron a Rodrigo de Cervantes, su hijo legítimo» (K . Sliwa, El licenciado Juan…, 30).
No obstante, no se conoce cómo, cuándo y dónde el primer Cervantes, Rodrigo, nacido en la mejor villa de Castilla en 1509/10, empezó a tener trato con su esposa Leonor de Cortinas (1520-1593), procedente de Arganda del Rey, hidalga argandeño e hija de la rica viuda argandeña Elvira de Cortinas (1495-1566), una propietaria rural, cuya familia procedía de Castilla la Vieja y que a su óbito en 1566 legó a Leonor ciertos bienes en Arkhanda, aldea del Ayuntamiento o Concejo de Compluto junto al camino de Morata de Tajuña.
El 11 de febrero de 1565 Luisa de Belén y Cervantes, hermana de Miguel, que contaba dieciocho años, entró a formar parte del convento de las Carmelitas Descalzas, de Alcalá de Henares. Fue allí, también, donde, desde el 21 de noviembre de 1567 hasta febrero de 1568 y en primavera de 1569, tuvo la oportunidad de conocer a santa Teresa de Jesús (1515-1582) y hablar con ella. Llegó a ser priora en dos ocasiones (1602-1605 y en 1620) y supriora en dos (en 1593 y 1599). Sin embargo, para ingresar Luisa debía cumplir las normas del Concilio de Trento (1545-1563), de las cuales por desgracia prescinden algunos detractores: tener al menos 15 años, no haber pertenecido a otra orden, no estar casada, demostrar vocación, buenas costumbres y aptitud física para observar las reglas, abonar el pago de una dote, probar la legitimidad de nacimiento y, algo fundamental, la limpieza de sangre. Por ejemplo, la sentencia del Tribunal vallisoletano confirmó la «pureza» de la sangre de los Cortinas y los Salcedo (María de Salcedo, sirve de ejemplo, era esposa del militar Diego Sánchez de Cortinas, «hijodalgo notorio de solar conocido» y devengar quinientos sueldos, hijo de Alonso de Cortinas, hijo a su vez de Juan de Cortinas, hermano de Gonzalo, tatarabuelo materno de Miguel, todos ellos hidalgos y cristianos viejos).
De igual modo, hay que agregar que fray Diego de Haedo, en su Diálogo de los mártires, al referir un atrevido intento de fuga de ciertos cristianos en 1577 en Argel, empresa dirigida por Miguel, escribía que «los prendieron luego a todos, y particularmente maniataron a Miguel de Cervantes, un hidalgo principal de Alcalá de Henares, que fuera el autor deste negocio y era por tanto, más culpado» (D . de Haedo, Topographia…, 1612).
A más, no sé por qué los detractores repudian el documento legal del 2 de septiembre de 1577, firmado por el por el notario real Francisco Olzina e impreso en Casa de Joan Navarro, en Valencia, que verifica el rescate, en el lugar 95, de «Rodrigo Seruantes, de Alcalá de Henares», indiscutiblemente, hermano menor de Miguel de Cervantes Saavedra, de Alcalá de Henares, cuya redención fue certificada por el padre fray Miguel Vila, Presidente de la Casa y Convento de Nuestra Señora de la Merced de Valencia.
Según un documento fechado el 30 de septiembre de 1577 Hasán Veneciano, rey de Argel, mandó «ocho o diez turcos a caballo y 24 a pie, armados y los más con sus escopetas y alfanjes y algunos con lanzas» a prender a «Miguel de Cervantes, un hidalgo principal de Alcalá de Henares, que fuera el autor de este negocio, y era, por tanto, más culpado» (K. Sliwa, Documentos…, 37-38).
Asimismo, presento el nuevo documento, que estuvo 437 años en el Archivo del Reino de Valencia, con la más antigua firma autógrafa conservada hasta ahora, descubierto por el excelente historiador Jesús Villalmanzo, y comprueba que Miguel fue «magnífico caballero, vecino y natural de Alcalá de Henares, residente ahora en Valencia, que dice ser de 32 años». Testificación de Miguel de Cervantes, natural de Alcalá de Henares, residente de Valencia, ante la Justicia Criminal de Valencia sobre la situación de un esclavo valenciano detenido en Argel, llama do Jeroni Planelles, al que se da por muerto en Valencia (K. Sliwa, Vida de Miguel de Cervantes…, 2025, 248).
El 15 de octubre 1580, en Argel, fray Feliciano Enríquez, natural de Yepes, Reino de Toledo, fraile profeso de la Orden de Nuestra Señora del Carmen, aseveró que todos los aficionados de Miguel le fueron sometidos y que le daba envidia del proceder hidalgo de Miguel, cristiano, honesto y virtuoso. Feliciano aseveró que todo lo que en esta pregunta se trata, «hesrrealidad de verdad, publico y manifiesto por lo que este testigo saue y pasa, es, acerca de las particularidades hespresadas en esta dicha pregunta, queste testigo estuuo un poco de tiempo muy enemigo con el dicho Miguel de Ser bantes; y en esta razon, oyó este testigo a una persona dezir algunas cosas viciosas y feas contra dicho Miguel de Serbantes; y luego en aquel punto procuró este testigo con grande ynstancia por todo Ar gel, ynquirir y saber si contra el dicho Miguel de Cerbantes, que es el que lo presenta por testigo, avia alguna cosa fea y desonesta que a su persona viniese mácula, y halló por grande mentira lo que se avia hablado por la dicha persona, que si la quisiese esperar no se acuerda dél, por no hacer mucho caso de su disposición, por lo qual este di cho testigo se pondrá á que lo quemen vivo si todo lo que se habló contra el dicho Miguel de Serbantes, era todo grande mentira, por que cierto y verdaderamente todos los cautivos de Argel le somos aficionados al dicho Miguel de Serbantes que antes nos dá envidia de su hidalgo proceder, cristiano, y honesto y virtuoso» (K. Sliwa, Vida de Miguel de Cervantes…, 2025, 525).
Ahora bien, llego al núcleo de la limpieza de sangre, es decir, la Primera Sentencia-Estatuto de Limpieza de Sangre, de Toledo, anunciada a causa de la revuelta anti conversa de Toledo acaudillada por el alcalde mayor Pedro Sarmiento y dirigida por Marcos García de Morata el 5 de junio de 1449. Dicha sentencia prohibió a los con versos, los cristianos nuevos y sus descendientes administrar los puestos públicos, promulgando a la luz del día que «es notorio por derecho así canónico como civil, que los conversos del linage de los judíos, por ser sospechosos en la fe de nuestro Señor e Salvador Jesuchristo, en la qual frecuentemente bomitan de ligero judaizando, no pueden haber oficios ni beneficios públicos ni privados tales por donde puedan facer injurias, agravios e malos tratamientos a los christianos viejos lindos, ni pueden valer por testigos contra ellos; por ende sobre esta razón fue dado privilegio a esta dicha cibdad y vecinos de ella por el rey don Alfonso de gloriosa memoria, que los tales conversos no oviesen, ni podiesen haber los dichos oficios ni beneficios so grandes e graves penas» (K. Sliwa, Vida de Miguel de Cervantes…, 2025, 71).
De igual manera, pongo el acento en que el licenciado Juan, juez de los bienes confiscados del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba, Andrés de Cervantes, alcalde ordinario de Cabra y juez de Quintos y de Montes, y el mismo Miguel de Cervantes Saavedra, juez ejecutor de la Contaduría Mayor de Hacienda del Rey Prudente para el aprovisionamiento de la Armada Invencible, las galeras de España y las flotas de las Indias, incluso para la guarda del Estrecho, parte de la escuadra de galeras en el Mediterráneo.
Para mí, los susodichos documentos originales verificaron categóricamente que el tatarabuelo, el bisabuelo, el abuelo, el padre y el autor de La Galatea eran hijodalgos. Sin ninguna duda, los Cervantes poseían el certificado correspondiente según la Primera Sentencia-Estatuto de Limpieza de Sangre, gozaban del título de familiatura del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba y «eran hijodalgos notorios de casa y solar». Empero, hasta el presente algunos cervantistas no han aclarado por qué reconocen la hidalguía del abuelo paterno Juan del autor de Las Novelas ejemplares y en ningún caso hacen referencia a la nobleza del alcalde ordinario de Cabra, Andrés de Cervantes, y, sin reservas, rechazan la hidalguía de Miguel y de su padre Rodrigo, apartándose de los textos literarios y de la documentación jurídica, vinculados a los datos legítimos, y rehuyendo las palabras clave de las confesiones de los miembros de la familia Cervantes, de los testigos y del propio Miguel.
Miguel de Cervantes Saavedra, heroico por Tierra y por Mar, es un diamante y su brillantez todavía no ha sido descubierta.