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26 DE ABRIL, DÍA MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Primer Día Mundial de la Propiedad Intelectual tras la reforma de la LPI

· Las reformas introducidas se agrupan en tres grandes bloques

sábado 25 de abril de 2015, 14:10h
Primer Día Mundial de la Propiedad Intelectual tras la reforma de la LPI

La celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual (domingo 26 de abril) nos recuerda los importantes cambios producidos en la ley y las consecuencias que, para el usuario final, ha tenido esta reforma cuya entrada en vigor se produjo el 1 de enero de 2015. La Ley de Propiedad Intelectual, cuya reforma entró en vigor el 1 de enero de 2015, propició la salida de España de Google News, el cierre de páginas web de enlaces y el establecimiento de sanciones de hasta 600.000 euros.

La reforma tuvo carácter parcial, tratando aquellos asuntos que requerían mayor urgencia, pero disponiendo en el texto la voluntad del legislador de, en el plazo de un año, abordar una reforma integral de la Propiedad Intelectual, que verdaderamente se ajuste a los nuevos entornos digitales. Las reformas introducidas podrían agruparse básicamente en tres grandes bloques:

• De un lado, la norma introduce mejoras sustanciales en la protección de los derechos de propiedad intelectual frente a las vulneraciones que puedan sufrir en Internet y los entornos digitales. A tal efecto se actuará frente a las webs de enlaces que no cumplan voluntariamente con los requerimientos de retirada de contenidos vulneradores de los derechos de autor, incluyendo el corte de los canales de financiación que pudieran tener, pasarelas de pago o publicidad, mediante la colaboración de los intermediarios.

Como medida más novedosa, se prevén sanciones económicas de hasta 600.000 euros frente a quienes incumplan de manera reiterada sus requerimientos, lo que supone un significativo avance frente a la situación anterior, suponiendo en la práctica, el cierre de determinadas webs de enlaces como “seriespepito”, “peliculaspepito” o “magnovideo” y el cambio de modelo de negocio de páginas web tan conocidas como “series.ly”, que han dejado de proporcionar enlaces a contenidos protegidos por derechos de autor.

• De igual manera, la norma introduce la conocida como “tasa Google”, la cual viene a reconocer el derecho de las empresas editoras, periodistas y fotógrafos a ser compensados económicamente por la explotación de sus contenidos por parte de los agregadores de noticias, tales como Google News y similares.

La realidad es que, habiendo transcurrido casi cuatro meses desde la aprobación de la norma, no han sido aprobadas reglamentariamente las tarifas aplicables y el principal obligado al pago, Google News, decidió con carácter inmediato dejar operar en España a consecuencia de la aprobación de esta medida.

• Asimismo, el nuevo texto refuerza los mecanismos de supervisión de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual (SGAE, CEDRO, AISGE, etc.) asegurando una mayor transparencia y eficacia en la operativa de las mismas. Esta medida viene propiciada, básicamente, por el enorme revuelo mediático producido en torno al funcionamiento y falta de transparencia en la gestión, que estas entidades han llevado a cabo en los últimos tiempos y que ahora se pretende corregir.

Nos encontramos, en definitiva, ante un escenario cambiante, donde los usuarios de Internet están observando cómo los operadores de estos entornos tratan de ajustarse a los nuevos cambios tecnológicos y normativos, al que, sin lugar a dudas, le restan todavía muchos episodios por delante.


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